¿Vive en arriendo? Le contamos cuánto es el incremento para el 2024

Para el 2024 los arrendadores y arrendatarios deberán tener presente la cifra brindada por el DANE respecto a la inflación en Colombia cerró el 2023 en 9,28%.

Este incremento se da con base en el artículo 20 de la Ley 820 de 2003, en el que se señala que una vez el contrato de arrendamiento cumpla la vigencia de 12 meses, el monto establecido puede incrementarse por el arrendador.

El arrendador tendrá que aumentar el valor del alquiler de su predio conforme al índice de IPC, que fue de un 9,28% para 2023. Es decir, no le podrá subir más de ese porcentaje.

Recuerde que en algunos casos el arrendador tome la decisión de no aumentar el valor del arriendo o debido al contrato que se hace de manera inicial no se deba aumentar el valor.

Por ejemplo, si usted firmó un contrato de arrendamiento en enero de 2023 por 2’000.000 de pesos y el incremento máximo que puede efectuar el arrendador de 9,28%, el alza será de 185.600 pesos, por lo que la mensualidad a partir de febrero del 2024 podría quedarle al arrendatario en 2’185.600 pesos.

Tenga en cuenta que el arrendatario debe informar de manera anticipada el alza que se le hará al valor del arriendo y la fecha desde la que será efectiva.

Por último, otro aspecto que debe tener en cuenta el arrendador antes de fijar el valor es que el precio mensual de arrendamiento no puede exceder el 1 por ciento del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se dé en arriendo, según lo reglamenta el artículo 18 de la Ley 820 de 2003.

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