Enrique Gutiérrez Arciniegas fue condenado por el Tribunal de Bogotá a 13 años de prisión por el delito de abuso sexual.
El condenado habría suplantado la identidad de un conductor de Uber en el año 2019. Así fue como el 23 de febrero de ese mismo año sometió a una menor de 14 años con violencia psicológica para posteriormente abusar de ella.
Este hecho ocurrió cuando la madre de la víctima solicitó un servicio para que su hija se desplazará desde la clínica Colsubsidio, barrio Roma hasta su hogar. El agresor, haciéndose pasar por un conductor de nombre Daniel, llegó en un vehículo Renault Symbol, gris, de placa BOV528.
En medio del recorrido, el supuesto conductor le hizo preguntas personales a la menor, hasta que detuvo el automóvil y abusó de ella. La víctima rechazó de manera no verbal los actos de Gutiérrez, pero ante la horrible situación ella tuvo un bloqueo emocional, señaló la sentencia.
Llegado el 8 de julio de ese mismo año, Enrique Gutiérrez Arciniegas fue capturado, dando cumplimiento a una orden emitida por el Juzgado 16 Penal Municipal e inició una investigación por acceso carnal violento, con menor de 14 años. Pese a las evidencias y relato de la víctima, Gutiérrez se declaró inocente.
¿Cómo fue el proceso de condena?
Cuando el caso llegó a juicio, el abogado del abusador dio a entender que el acto había sido consentido, debido a que Gutiérrez jamás la amenazó y pese a que “se sintió atemorizada, esto resultó ser un sentimiento ‘interno propio’ que nunca exteriorizó”. Esto fue suficiente para eximir al acusado de su condena.
El abogado de la menor apeló al fallo, asegurando que existió violencia psicológica en este caso y que la niña “nunca aprobó los tocamientos y menos el acceso, a través de lenguaje no verbal”. El caso logró llegar al Tribunal Superior de Bogotá, donde magistrados revocaron la sentencia absolutoria y profirió en su lugar una de carácter condenatorio.
Ante el fallo en el juicio, el Tribunal dijo que faltó la perspectiva de género y puntualizó que: “Los funcionarios judiciales en representación del Estado tienen el deber constitucional de erradicar cualquier forma de violencia y discriminación contra la mujer, razón para que en los casos a su cargo se aplique un enfoque diferencial, que conlleve a equilibrar las cargas desiguales en el sistema”.