El 21 de febrero del 2022, se despenalizó el aborto hasta la semana 24 en Colombia, fecha que se sigue recordando como un fallo histórico para las mujeres del país. Sin embargo, aunque se supone que este ya es un derecho y todas las mujeres, pueden acceder a él (sin restricciones) el pasado 13 de junio del año en curso, La Corte Constitucional emitió un nuevo pronunciamiento en el que señaló que el aborto ni “está legalizado” ni es un “derecho fundamental” en Colombia.

¿Por qué la entidad dijo eso?

Aunque este pronunciamiento no le resta importancia a la decisión que emitió el alto tribunal en febrero de 2022, si está retrocediendo e indicando que el sistema de salud no está en la obligación de facilitar abortos más allá de las tres causales reconocidas, por violación, riesgo de muerte de la madre o malformación del feto; lo cual esté generando incertidumbre y confusión frente a la atención que ahora puede recibir una mujer que pretenda acceder al procedimiento. Pues si se supone que se puede realizar de forma sana y segura hasta la semana 24, ¿por qué las entidades de salud lo están negando?

Esta pregunta se la han hecho varias veces a las diferentes entidades que han negado en repetidas ocasiones hacer el procedimiento cuando este se pide voluntariamente, pues se siguen presentando denuncias que explícitamente expresan inconformidad y señalan que aún prevalece la “comunicación deficiente” y “falta de claridad” frente a las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional alrededor del debate sobre el aborto, que después de dichos comunicados, también generan incertidumbre, pues, a su vez se dice que ningún centro médico se puede negar a prestarle el servicio a una mujer que así lo solicite y cuya semana de gestación no sea mayor a la 24”, o por lo menos así lo señaló Ángela María Buitrago, exfiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia.

Dicho esto, ¿Aún sigue siendo legal el aborto en el país? 

Sí, pues hay que tener en cuenta que esta nueva determinación se dio luego de que la Corte Constitucional estudiara una acción de tutela de una mujer indígena que pedía que se le protegieran sus derechos fundamentales luego de que su cabildo se negara a practicarle un aborto, y tras estudiar los fallos en primera y segunda instancia de dos jueces, el alto tribunal resolvió que ambos habían malinterpretado la sentencia que despenalizó el aborto en 2022, por lo que, se concluyó que “el aborto consentido o voluntario no se encuentra legalmente reconocido, ni que su práctica constituya una obligación a cargo del sistema de seguridad social en salud”.

Sin embargo, aunque la Corte indicó que el fallo no significa que abortar esté prohibido, claramente se evidencia que hay un inmenso vacío normativo que no permite definir con claridad las implicaciones que genera dicha decisión tomada por la entidad hace ya un año.

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