El próximo 29 de octubre se llevarán a cabo las elecciones territoriales, por lo que, estudiantes mayores de 18 años, funcionarios públicos y privados, y miembros de partidos y movimientos políticos podrán ser designados como jurados de votación.
La prestación de este servicio es de carácter obligatorio, si por algún motivo no asiste el día indicado deberá pagar una sanción. Según el calendario electoral los jurados de votación serán elegidos el próximo 31 de julio.
Asimismo, la registraduría estableció que el 14 de octubre será la fecha límite para la realización del sorteo y publicación de listas de jurados de votación. El artículo 105 del Código Electoral, menciona que el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación.
Las personas que no asistan a desempeñar su cargo, «se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, si no lo son deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos legales vigentes», menciona la registraduría.
Por otro lado, deberá estar atento a recibir la notificación de la registraduría por medio de mensaje de texto o correo electrónico. Sin embargo, si no le llega este aviso procure verificar en los listados de la página oficial.
Las cinco causales que le permitirían no prestar el servicio de jurado de votación son:
- Grave enfermedad del jurado o su cónyuge, padre, madre o hijo.
- Muerte de su cónyuge, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores a la elección.
- No ser residente en el lugar donde fue designado.
- Ser menor de 18 años.