Existe un sinnúmero de colombianos que no saben con exactitud cuánto les deben pagar por el tiempo que trabajan por fuera de la jornada laboral, un día festivo o el recargo nocturno.
Cabe destacar que Gloria Inés Ramírez, ministra de trabajo, ha propuesto que la jornada laboral diurna en el país vuelva a ser de 6:00 a.m. a 6:00 p.m., y de 6:00 p.m. a 6:00 a.m., en la jornada nocturna; esta decisión la radicaría el Gobierno Nacional en los próximos meses.
Una de las formas más sencillas para explicar cómo se obtiene este valor de pagos, es tomar como base el salario mínimo para 2023 en el país, 1’160.000 pesos y con el auxilio de transporte, quedaría de 1’300.000.
Entonces, se divide el salario mínimo en 30 días, el salario mínimo diario es de 38.666 pesos. Pero si se trabajan 48 horas semanales, el salario mínimo quedaría en 4.833 pesos.
Es de recordar que si el horario de trabajo es diurno o nocturno, las horas extras tendrían un recargo adicional del 25% para el primero y del 75% para el segundo. Con esta información, dependiendo el valor de la hora trabajada y dependiendo el salario del empleado, ya se pueden hacer las cuentas para conocer cuánto deberían de pagarse por horas extra.
Por otro lado, están los festivos, en ese caso se debe tener en cuenta lo que determina el Código del Trabajo. Establece una remuneración con un recargo del 75% sobre el salario ordinario en proporción a las horas trabajadas. En otras palabras, se le debe pagar el 100% del valor de la hora normal más el 75%.
Con el salario mínimo sería de la siguiente manera: si el salario mínimo por hora es de 4.833 pesos, la hora del día festivo, sería de 8.457 pesos, y el 75% es de 3.624.
Según el Código del Trabajo, si las horas extras se trabajan en un día festivo, el recargo es de 75% y los recargos se acumulan.
Entonces: por cada hora trabajada entre semana se pagan 4.833 pesos, por una hora en un día festivo en horario diurno se sumarían 1.208 pesos con horas extra, más 3.624 pesos por ser un día festivo, para un total de 9.665 pesos.
Por último, con la hora nocturna, a las personas que trabajan en ese ámbito se les debe sumar 3.624 pesos por ser en domingo o festivos y 3.624 por ser de noche, para una totalidad de 12.081 pesos.